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Los hechos de Trelew – Por Alfredo Nobre Leite

Tras 41 años de la llamada «masacre de Trelew» acaecida el 22 de agosto de 1972, basándose en falsos testimonios y en la mistificación de la verdad histórica, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal revocó las absoluciones de los capitanes de navío Rubén Paccagnini -a la sazón jefe de la base naval Almirante Zar- y de Jorge Enrique Bautista, dispuestas por el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia y ordenó a los mismos jueces que ahora impongan el monto de las condenas; como, asimismo, dejó firmes las condenas a prisión perpetua de los capitanes de fragata Luis Sosa y Emilio Jorge Del Real, y el cabo Carlos Marandino, como presuntos autores materiales como «autores responsables del homicidio con alevosía» de 16 terroristas (llamados «presos políticos» por el tribunal), considerando a los supuestos crímenes de «lesa humanidad» y tres tentativas…; lo que es improcedente pues la Convención sobre Imprescriptibilidad de Penas de Delitos de Lesa Humanidad fue ratificada por la Argentina en el año 2003, mediante la ley 25.778, y, por ende, no aplicable a los hechos de 1972. (1)

Es pertinente puntualizar que 25 elementos de tres organizaciones subversivas que habían preparado la huida de la cárcel de Rawson, donde cumplían penas de reclusión, el 15 de agosto de 1972 con armas provistas por la «comandante Teresa», la actual embajadora argentina ante la OEA, Nilda Garré, en un operativo comando coordinado con apoyo externo, pudieron seis de ellos -Mario Roberto Santucho, Domingo Mena, Enrique Gorriarán Merlo, (ERP), Roberto Quieto y Marcos Osatinsky (FAR) y Fernando Vaca Narvaja (Montoneros), asesinaron al guardacárcel Juan Valenzuela, lograron llegar al aeropuerto de Trelew y tomaron por la fuerza un avión de Aerolíneas argentina, también, secuestraron un jet de la empresa Austral y los obligaron a dirigirse hacia Chile (entre los 96 pasajeros, viajaban cuatro subversivos desde Comodoro Rivadavia Carlos Goldemberg, Víctor Fernández, Ana Weissan y Alejandro Ferreira Beltrán).

19 de los 25 con jurados que habían demorado entonces a las fuerzas del orden en un violento tiroteo, llegaron tarde al aeropuerto de Trelew y fueron arrestados, y al estar tomada la cárcel de Rawson, por su peligrosidad fueron alojados en un calabozo de la base Almirante Zar, por disposición de la Cámara Federal en lo Penal (juez Quiroga) que dispuso la ubicación de los detenidos (Instrucción del sumario y reconstrucción de la muerte del guardacárcel Valenzuela). Según la mistificación de la verdad histórica llevada a cabo por el principal agente de Fidel Castro en la Argentina y jefe de inteligencia de Montoneros, Rodolfo Walsh (principal responsable, entre otros, del asesinato a mansalva de José Ignacio Rucci), fueron «colocados en fila y baleados muriendo 16 de los detenidos» (sic).

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¿Cómo sucedieron los hechos de Trelew, a 41 años, siendo de práctica la concurrencia de testigos que con una memoria prodigiosa recuerdan los más nimios pormenores?

«A las tres y media de la madrugada del 22 de agosto se practicó una inspección de los detenidos: uno de los terroristas intentó arrebatarle el arma al jefe de turno; se produjo un forcejeo y los guardias hicieron fuego para controlar la situación. Al cesar los disparos, se comprobó que trece de los detenidos estaban muertos. Otros tres detenidos fallecieron más tarde, como consecuencia de las heridas recibidas (…). Es importante, señalar en este momento, la existencia de los tres sobrevivientes del drama de Trelew: María Berger, René Haidar y Alberto Camps (por casualidad, uno de cada organización guerrillera), que seriamente heridos fueron trasladados a la base de Puerto Belgrano donde los operaron y les salvaron la vida.

Inicialmente, ellos admitieron la forma en que realmente pasaron los hechos, pero, posteriormente, asesorados e inducidos por Rodolfo Walsh, a partir de su libertad el 25 de mayo de 1973, la alteraron en el sentido que el mencionado terrorista les indicó» (sic) (2).

De nuevo puntualizo que todos los subversivos habían sido juzgados y condenados por la Cámara Federal en lo Penal, cumpliendo condenas según la legislación vigente, la que fue derogada, así como disuelta la Cámara Federal en lo Penal, mediante las leyes 20508, 20.509 y 20.510 del 25 de mayo de 1973, promulgadas por el presidente Héctor J. Cámpora, que implicó una amnistía para los subversivos (371 de los cuales habían sido liberados del penal de Villa Devoto la noche anterior) de una magnitud que carecía de antecedentes.

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Como había anticipado la querella el 7 de mayo de 2012, los marinos aludidos tenían condenas a cuestas (salvo el capitán de navío Horacio Alberto Mayorga por un accidente cerebro vascular…), no importando la verdad histórica que presentaron las defensas (tampoco ahora a Casación, cómo ha sucedido con todos los juicios de la supuesta verdad (hemipléjica) de ex subversivos en el poder en palmaria violación del Estado de Derecho y en juicios fundados en ley anterior al hecho del proceso o sacado de los jueces designados por la ley antes de los hechos de la causa; por lo cual se trata de un burdo e inconstitucional enjuiciamiento, confirmado por la Cámara de Casación que no llama la atención a nadie.

 

1) «Estos procesos por delitos acuñados como de lesa humanidad constituyen verdaderos atropellos a la Constitución y a todos los principios liminares del derecho. Este grave desvío comenzó con la escandalosa violación del principio de legalidad por parte de la Corte Suprema (sic), que resolvió aplicar retroactivamente el Estatuto de Roma, que estableció esa figura con carácter imprescriptible, aunque el propio Estatuto, respetuoso del precepto, dispuso su vigencia a partir de su entrada en vigor (art. 24) el 1° de julio de 2002» (sic). (Del artículo «Cuando los jueces se someten al poder de turno» («La Nación«, 14/3) por Alberto Solanet, presidente de la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia.
2) Del libro «In Memoriam», tomo III, p. 1236/1239, Círculo Militar, año 2000.